Seguros de vida
Con un seguro de vida podrás conservar tu independencia económica en caso de enfermedad, accidente, invalidez o muerte; todo con el respaldo de Seguros SURA

Enfermedades Graves
Te pagaremos el valor asegurado alcanzado por esta cobertura si te diagnostican cualquiera de las enfermedades cubiertas o te realizan alguno de los procedimientos incluidos.
Características
Son amparos básicos de este seguro las enfermedades graves y los procedimientos quirúrgicos descritos a continuación:
- Cáncer y leucemia
- Infarto del miocardio
- Enfermedad cerebrovascular
- Insuficiencia renal crónica
- Parálisis de miembros superiores o inferiores
- Pérdida de miembros superiores o inferiores
- Pérdida total de la audición
- Pérdida total de la visión
- Esclerosis múltiple
- Estado de coma
- Revascularización coronaria
- Trasplante de órgano mayor
- Traumatismo mayor de cabeza
- Enfermedad de Alzheimer
- Enfermedad de Parkinson
- Reemplazo total de válvula del corazón
- Esclerosis lateral amiotrofia
SURA pagará el valor asegurado alcanzado a la fecha del diagnóstico positivo de una de las enfermedades amparadas.
Generales
Todas las enfermedades cubiertas por este seguro están condicionadas a que:
- El primer diagnóstico o procedimiento haya sido después del día 90.
- Sobrevivas 30 días después de la fecha del diagnóstico o del procedimiento.
Pruebas médicas
Mientras esté pendiente cualquier reclamación, Sura directamente o por medio de un médico nombrado, tendrá derecho a exigir examen médico y confirmación del diagnóstico cuando y cuantas veces lo requiera.
Edades de ingreso y permanencia
- Edad mínima de ingreso 0 años – máxima 59 años
- Edad máxima de permanencia 70 años
Los niños que nazcan durante la vigencia de este seguro tendrán amparo automático por esta cobertura. El cubrimiento será hasta que finalice la vigencia anual en la cual nació. Para la siguiente vigencia deberás solicitar la inclusión a este seguro y SURA te cobrará la prima correspondiente según la edad y valor asegurado del niño. Adicionalmente tendrás derecho a que se le cubran las enfermedades congénitas.
Exclusiones
SURA no pagará la indemnización acordada cuando los eventos cubiertos sean consecuencia directa o indirecta, total o parcial de:
- Tentativa de suicidio, estando o no en uso de tus facultades mentales.
- Lesiones auto – infringidas, traumatismo mayor de cabeza.
- Enfermedades, anomalías o malformaciones congénitas.
- Enfermedades y/o padecimientos originados o adquiridos antes de contratar esta cobertura, salvo que no las conocieras. Esta exclusión aplica así declares que padeces la enfermedad antes de contratar la cobertura.
- Cualquier tumor en presencia del virus de inmunodeficiencia humana, ya sea tipo 1 o tipo 2.
- Cualquier enfermedad que no se encuentre expresamente enunciada dentro de la cobertura del amparo básico.
- Llenar la respectiva solicitud.
- Si se requiere, practicarse algunos exámenes médicos y de laboratorio. No en todos los casos se requieren estos exámenes.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la declaración de asegurabilidad.
Escoge el medio que más se acomode a tu tranquilidad y posibilidades. Puedes elegir:
- Pago en línea con tarjeta débito o crédito.
- Pago en bancos y redes aliadas.
- Financiación (bajo previa aprobación)
Otros seguros de vida
Te indemnizamos a ti o a tus beneficiarios en caso de que presentes alguna invalidez o fallezcas con motivo de una situación accidental. Conocer más aquí
De acuerdo a la cobertura y al plan contratado, con el seguro de vida recibirás una indemnización sobre la suma asegurada en los eventos de fallecimiento, accidentes, enfermedades, entre otros. Conocer más aquí
Indemnizamos al beneficiario, hasta el límite de la suma asegurada, por los gastos funerarios en que se incurra como consecuencia del fallecimiento de un asegurado. Conocer más aquí
En caso que mueras o quedes incapacitado total y permanente, este seguro cubrirá la deuda que tienes. Conocer más aquí
