Seguros de vida
Con un seguro de vida podrás conservar tu independencia económica en caso de enfermedad, accidente, invalidez o muerte; todo con el respaldo de Seguros SURA

Plan crédito protegido
En caso que mueras o quedes incapacitado total y permanente, este seguro cubrirá la deuda que tienes.
Características
Vida
En caso de que mueras SURA pagará al beneficiario oneroso, el saldo insoluto de tu deuda que te falte pagar al momento de tu muerte. Si después de esto, queda una parte del valor asegurado, SURA se lo pagará a tus beneficiarios gratuitos.
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente
SURA le pagará a tu beneficiario oneroso el saldo insoluto de la deuda que tengas con él, si como consecuencia de un accidente o enfermedad quedas incapacitado total y permanentemente. El saldo insoluto de la deuda es el que debas a la fecha en la cual SURA informe por escrito al beneficiario oneroso la aceptación de tu reclamación por incapacidad total y permanente. Cuando presentes una reclamación podrás aportar los conceptos o calificaciones de invalidez que hayan emitido las entidades habilitadas como la EPS, AFP, ARL y juntas de calificación de invalidez.
Auxilio de exequias
En caso de que mueras SURA pagará a tus beneficiarios gratuitos el valor asegurado, que podrán usar para cubrir gastos funerario.
Opcional – Fondo de ahorro
Además de las primas que debes pagar por las coberturas contratadas, en este seguro tienes la opción de pagar unas primas adicionales para constituir un fondo de ahorro. El dinero de este fondo estará a tu disposición en cualquier momento.
Vigencia y renovación
La vigencia de este seguro comienza a partir de la hora 24:00 del día que aparece en la carátula como día de expedición de la póliza. Este seguro tiene una vigencia anual y al finalizar se renovará automáticamente por un periodo igual hasta que termines de pagar la deuda.
Conversión
Al finalizar la vigencia en que cumplas 80 años de edad, si aún no has terminado de pagar tu deuda, este seguro se convertirá en un seguro que irá hasta los 99 años y que tendrá el mismo valor asegurado.
Exclusiones
SURA no pagará las indemnizaciones acordadas para estas cuando los eventos sean consecuencia directa, indirecta, total o parcial de:
- Lesiones que te hayas provocado intencionalmente estando o no en uso de tus facultades mentales.
- La práctica de deportes riesgosos.
- Cuando la muerte sea consecuencia de una enfermedad que ocurra dentro de los 60 días siguientes al momento en que contrataste esta cobertura.
- Llenar la respectiva solicitud.
- Diligenciar el documento “Conocimiento del cliente”
- Cumplir con los requisitos establecidos en la declaración de asegurabilidad.
Escoge el medio que más se acomode a tu tranquilidad y posibilidades. Puedes elegir:
- Pago en línea con tarjeta débito o crédito.
- Pago en bancos y redes aliadas.
- Financiación (bajo previa aprobación)
Otros seguros de vida
Te indemnizamos a ti o a tus beneficiarios en caso de que presentes alguna invalidez o fallezcas con motivo de una situación accidental. Conocer más aquí
Te pagaremos el valor asegurado alcanzado por esta cobertura si te diagnostican cualquiera de las enfermedades cubiertas o te realizan alguno de los procedimientos incluidos. Conocer más aquí
Indemnizamos al beneficiario, hasta el límite de la suma asegurada, por los gastos funerarios en que se incurra como consecuencia del fallecimiento de un asegurado. Conocer más aquí
De acuerdo a la cobertura y al plan contratado, con el seguro de vida recibirás una indemnización sobre la suma asegurada en los eventos de fallecimiento, accidentes, enfermedades, entre otros. Conocer más aquí
